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¿Cómo afecta a la agroexportación el nuevo marco regulatorio sobre green claims de la Unión Europea?

¿Cuáles son las principales consecuencias para las empresas que usan alegaciones comerciales medioambientales en envases y en sus comunicaciones al consumidor? Ante una centena de asistentes, el 1.º de septiembre, el M.I.T.A. invitó a un nuevo seminario internacional dedicado al nuevo marco regulatorio europeo sobre green claims, con foco en sus implicaciones para la industria agroalimentaria y la agroexportación. Sara Lamonaca —directora de Información al Consumidor, Nutrición y Salud en FoodDrinkEurope (Bélgica)— fue una vez más la destacada disertante del encuentro.

Este marco regulatorio se basa en instrumentos existentes, como la directiva sobre prácticas comerciales desleales y la que protege los derechos del consumidor. En lugar de crear una nueva regulación, se refuerzan normas existentes mediante la introducción de nuevas prácticas comerciales prohibidas, regulaciones de afirmaciones ambientales y mejora de la transparencia de cara al consumidor.

Entre marzo de 2024 y de 2026, los Estados Miembro de la UE han debido incorporar la normativa a sus legislaciones nacionales. El 27 de septiembre de 2026 será el día en que las nuevas disposiciones se apliquen plenamente. A partir de ello, cualquier empresa que comercialice o venda productos o servicios a consumidores de la UE deberá cumplir con nuevas y estrictas normas relativas a las etiquetas de sostenibilidad y las declaraciones medioambientales (Directiva UE 2024/825). Así también, las empresas que exportan al mercado europeo deben revisar y reformular sus comunicaciones ambientales actuales para cumplir con las nuevas reglas, en un contexto donde la normativa prevé un régimen de sanciones que puede alcanzar hasta el 4 % de la facturación anual.

La normativa cumple con un doble objetivo, como el de ayudar al consumidor a tomar decisiones informadas y el de igualar la competencia entre empresas que realizan alegaciones rigurosas y las que no.

Prácticas comerciales reguladas: grupos principales.

 Lamonaca invitó a detenerse en cada uno de estos puntos:

  • Distintivos de sostenibilidad. Solo se pueden utilizar si están basados en sistemas de certificación reconocidos o establecidos por autoridades públicas, como el caso de Ecolabel y Fairtrade.
  • Alegaciones medioambientales genéricas. Expresiones como «eco-friendly», entre otras, no se permiten si no están respaldadas por evidencia suficiente y claramente explicada.
  • Alegaciones sobre todo el producto. Quedan prohibidas si la característica ambiental se refiere solo a un aspecto o componente específico (por ejemplo, al envase) y no a la totalidad del producto.
  • Alegaciones de neutralidad climática. No es posible afirmar que un producto tiene un impacto neutro, reducido o positivo en el clima basándose únicamente en la compensación de emisiones de carbono fuera de su cadena de valor.
  • Alegaciones sobre requisitos legales. Está prohibido presentar como característica diferenciadora algo que simplemente cumple una obligación legal existente para todos los competidores del mercado europeo.
  • Alegaciones sobre desempeño medioambiental futuro. Se permiten solo si cuentan con un plan de aplicación claro con compromisos públicos verificables y objetivos respaldados periódicamente por controles independientes.
  • Alegaciones sobre características irrelevantes. No es posible realizar alegaciones cuando la característica no es pertinente al producto, como “agua sin gluten”.

Recomendaciones para empresas

Hacia el cierre, Lamonaca recomendó revisar puntualmente las cuestiones detalladas a continuación:

  1. Revisar todas las alegaciones medioambientales utilizadas actualmente por las empresas a la luz del nuevo marco. Tener en cuenta este marco para alegaciones futuras.
  2. Eliminar o reformular expresiones demasiado genéricas o ambiguas.
  3. Dar atención especial a las alegaciones relacionadas con el clima, porque la exigencia regulatoria con respecto a esto es particularmente alta o rígida.
  4. Asegurar que cada alegación esté respaldada por evidencia sólida y fácilmente demostrable.

Agradecemos a todos aquellos que nos acompañaron en este nuevo seminario, el cual ya se encuentra disponible en nuestro canal de YouTube.

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